El pleno del Ayuntamiento celebrado el día 14 de marzo de 2013 aprobó una modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles (IBI) por la que se rebaja el tipo de gravamen aplicable a los bienes de naturaleza urbana desde el 0,61 hasta el 0,55.
La modificación se realiza con el fin de compensar la subida de la base imponible de este impuesto debido a la revisión catastral realizada en el año 2011. Como consecuencia de esta revisión, el valor catastral del conjunto de los bienes del municipio se multiplicó por 2,35 (pasando de unos 5,5 millones de euros a algo mas de 13 millones). La base imponible del IBI aumenta progresivamente cada año, desde el momento de la revisión, hasta alcanzar el nuevo valor catastral pasados 10 años. Esto supone una subida media de alrededor del 10% cada año, que se traslada al impuesto.
El Ayuntamiento recibe de la oficina de catastro, cada año, nuevos datos de la base imponible actualizada. Con estos datos se calcula el incremento de dicha base y se propone al pleno la rebaja del tipo de gravamen necesaria para que la carga total del impuesto se mantenga constante.
Es necesario aclarar que los datos que ofrecemos son datos medios. La revisión catastral ha aumentado de forma distinta el valor catastral de cada uno de los bienes imuebles del municipio, principalmente en función de la fecha en que se hubiese calculado el anterior valor catastral del inmueble. Por tanto, el impuesto soportado por cada inmueble puede en algunos casos subir y en otros bajar. Es el total recaudado lo que se mantiene constante.